¿Qué documentos necesita para tramitar una herencia?

Cuando fallece un familiar, es necesario obtener una serie de documentos para poder tramitar la herencia, así como el impuesto de sucesiones, siendo necesario en primer lugar conocer si el fallecido había otorgado o no testamento, para determinar quién es el heredero y en qué proporción.

  • Certificado de defunción.
  • Certificado del registro de actos de última voluntad (se puede obtener en notaria).
  • Testamento: Se necesita la copia autorizada junto al certificado de defunción y certificado de últimas voluntades del causante.

Si una persona fallece sin testamento hay que realizar previamente un acta de declaración de herederos, que determinará quienes son los parientes próximos al fallecido los cuales tienen derecho a heredar. Este trámite puede realizarse en la Notaría.

Documentación necesaria:

  • DNI, TARJETA DE RESIDENCIA y/o PASAPORTE de la persona que requiere al notario y su parentesco con el difunto.
  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades (se puede obtener en notaria).
  • Libro de Familia/Certificado de nacimiento/matrimonio, etc.
  • DNI del Causante/certificado de empadronamiento.
  • DNI de dos testigos mayores de edad que no sean de la familia.

La sociedad de gananciales se extingue de forma simultánea al fallecimiento, pero exige liquidar el régimen económico ganancial, analizando los bienes incluidos en la masa ganancial, las deudas y cómo hacer el reparto entre el cónyuge viudo y la masa hereditaria del fallecido que posteriormente será objeto de reparto en la herencia. Por eso, es tan importante contar con la ayuda de un notario.

La escritura de herencia o también conocida como escritura de aceptación y adjudicación de herencia, es el acto jurídico a través del cual el patrimonio de la persona que ha fallecido pasa a formar parte de los herederos. En dicha escritura de herencia se define la repartición y se produce la adjudicación de los bienes.

  • Copia Autorizada del TESTAMENTO/Acta de declaración de Herederos.
  • DNI, TARJETA DE RESIDENCIA o PASAPORTE de HEREDERO/S y LEGATARIOS/S llamadas a la sucesión. Todos ellos deben tener NIF o NIE. Si uno de ellos es SOCIEDAD, escrituras de nombramiento de administrador o apoderado.
  • Si el fallecido es viudo, certificado de defunción del mismo o copia autorizada de la herencia.
  • DOCUMENTACIÓN DE LOS BIENES PERTENECIENTES AL CAUSANTE:
    • Certificado del registro de seguros de cobertura de fallecimiento (se puede obtener en notaria).
    • Dinero y Productos Financieros: Certificados bancarios con saldos y posiciones a la fecha del fallecimiento.
    • Bienes Inmuebles: Escrituras de Propiedad y/o Notas simples (Se pueden obtener en notaria)
    • Participaciones en sociedades, vehículos, y otros bienes muebles: la escritura o título de propiedad; para vehículos, permiso de circulación.
    • Joyas o bienes preciosos (cuadros, arte, etc): Descripción pormenorizada y/o tasación efectuada.
    • Facturas de los gastos de funeral y entierro.

¿Tiene alguna duda o consulta?

¿Necesita ponerse en contacto con nosotros? Rellene el formulario con sus datos y nos pondremos en contacto a la mayor brevedad posible. 

Nuestro horario de atención es de lunes a viernes de 9h a 14h, martes y jueves de 16h a 19h.

También puede contactarnos para resolver sus dudas o concertar una cita a través de nuestro email o teléfono .